Armero para licencia D: qué exige la norma para guardar tus rifles de caza
Con licencia D tus rifles tienen que estar en una caja fuerte o armero autorizado de grado I como mínimo (UNE-EN 1143-1), con 20 litros de volumen por arma y la munición separada. Aquí tienes cada requisito con su artículo.
Revisada el 4 de octubre de 2026 con el texto consolidado del BOE. Edita Salvador Sanpascual (cómo trabajamos).
Lo que exige la norma para tus rifles
Los rifles de caza mayor son armas de la categoría 2.ª.21 («armas de fuego largas rayadas […] utilizables para caza mayor», incluidos los cañones estriados adaptables a escopetas). Para ellos, el artículo 100.5 del Reglamento de Armas2 da dos opciones:
- Guardarlos en tu domicilio, «en cajas fuertes o armeros autorizados por la Dirección General de la Guardia Civil y con las medidas de seguridad necesarias aprobadas por la Intervención de Armas y Explosivos, que podrá comprobarlas en todo momento».
- Dejarlos en los locales de una empresa o entidad especializada en la custodia de armas.
No hay un número de rifles por debajo del cual te libres: desde el primer rifle necesitas caja fuerte o armero. La obligación va unida a la categoría del arma, no a cuántas tengas.
Grado I: qué significa «autorizado»
La Resolución de 4 de diciembre de 2024 de la Dirección General de la Guardia Civil3 concreta el artículo 100.5: las cajas fuertes o armeros para los rifles de la categoría 2.ª.2 en domicilios particulares «deberán reunir, al menos, el grado de resistencia I establecido en la tabla 1 de la norma UNE EN 1143-1». Un grado superior también cumple, porque la norma fija un mínimo.
El cumplimiento se acredita con un certificado de producto4 emitido por un organismo de control acreditado por ENAC, o por un organismo habilitado por la entidad de acreditación de otro país miembro del CEN. Eso es lo que en la calle se llama «armero homologado»: la palabra «homologado» no aparece ni en el Reglamento ni en la Resolución. Si quieres entender qué mide cada grado, lo explicamos en grados de seguridad.
Si ya tenías un armero instalado, la Resolución lo da por válido hasta el final de su vida útil5. Si lo compras de segunda mano, tiene que cumplir la Resolución vigente cuando lo presentes para acreditar la custodia.
Cuántos litros necesitas
El apartado tercero de la Resolución6 dice que el número de armas que caben en una caja fuerte o armero «será el correspondiente a su volumen, teniendo en cuenta que el volumen mínimo para un arma corta será de 4,5 litros y para un arma larga de 20 litros».
| Rifles | Volumen mínimo |
|---|---|
| 1 | 20 litros |
| 2 | 40 litros |
| 3 | 60 litros |
| 5 | 100 litros |
La Resolución no distingue entre rifles con visor o sin él, ni entre armas largas de distinta longitud: 20 litros por arma larga en todos los casos. Para pasar de litros a medidas de un modelo concreto, tienes la guía de medidas del armero.
Nuestro consejo: calcula con las armas que piensas tener, no solo con las de hoy. Cada rifle nuevo necesita su guía de pertenencia, y para expedirla hay que acreditar que la custodia cumple, si no lo has acreditado antes (artículo 89.57).
Cuántos rifles ampara la licencia D
Aquí las fuentes oficiales no coinciden:
- El artículo 100.2 del Reglamento2 dice que la licencia D «autorizará para llevar y usar hasta cinco armas de la categoría 2.ª, 2».
- La página de la Guardia Civil sobre la licencia D8 dice que «puede amparar un número ilimitado de armas de fuego de la categoría 2ª.2».
Lo que sí dice el artículo 100.42: con la licencia D se compra un rifle, y cada uno de los siguientes necesita una autorización especial previa. La página de la Guardia Civil solo dice que «tras su concesión se podrá adquirir armas de esta categoría».
Qué acreditas ante la Guardia Civil y cuándo
Hay tres momentos:
- Al pedir la licencia. En la lista de documentos que acompañan a la solicitud, la página de la Guardia Civil8 incluye una «Declaración jurada de la guarda de las armas en caja fuerte».
- Al sacar la guía de pertenencia de cada arma. El artículo 89.5 del Reglamento7 obliga a acreditar ante la Intervención de Armas y Explosivos que cumples las medidas de custodia, «si no lo hubieran acreditado con anterioridad». La página de guías de pertenencia9 lo reproduce.
- En cualquier momento. La Intervención «podrá comprobarlas en todo momento» (artículo 100.5.a2).
Atención: la misma página de la licencia D sigue diciendo que el grado se acredita «mediante certificación expedida por entidad autorizada al efecto por el Ministerio de Industria y Energía». Es la fórmula del apartado segundo de la Resolución de 199810, derogada desde el 9 de enero de 2025. La vigente pide el certificado de un organismo acreditado por ENAC. Te recomendamos tener a mano ese certificado, que es lo que pide la norma en vigor (disposición adicional primera4), y también la ficha del modelo, porque identifica el armero al que se refiere el certificado. El paso a paso está en cómo acreditar el armero ante la Guardia Civil (próximamente).
La munición
El artículo 100.5.a2 dice que la munición de los rifles «se guardará separada de las armas de fuego en un lugar seguro bajo llave, o dentro del armero o caja fuerte en un compartimento diferente cerrado con llave». Si tu armero tiene un cajetín interior con cerradura propia, sirve.
Los límites de cantidad están en el artículo 136.1 del Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería11: puedes comprar hasta 1000 cartuchos al año por arma, y «en ningún caso se podrá tener en depósito un número superior a 200 cartuchos». Para pasar de esos cupos hace falta un permiso especial de la Intervención (artículo 136.3.e).
Si recargas, la pólvora, las vainas y los pistones van en una caja fuerte de clase I o superior según la ITC 15, punto 2.812, con un máximo de un kilo de pólvora, cien vainas con pistón y cien pistones (artículo 10413). Más detalle en munición en casa (próximamente).
Si convives con otro titular o guardas otras armas
Dos convivientes con armas sujetas a estas medidas pueden compartir caja fuerte o armero, «acreditando la convivencia» ante la Intervención, siempre que la caja tenga «capacidad suficiente y el grado de resistencia sea el pertinente» (apartado segundo de la Resolución14). Los litros se suman: dos rifles tuyos y dos de tu pareja son 80 litros.
Si en la misma caja guardas armas de distintas categorías, la Resolución pide «como mínimo, las medidas de seguridad establecidas para la mayor categoría» (apartado primero3). Con escopetas y rifles juntos, la caja tiene que ser de grado I, porque los rifles lo exigen estén donde estén. Si añades una pistola de licencia F, el grado sube a III. Lo resumimos por casos en qué armero necesito.
Transporte
Por vías urbanas, las armas, y por tanto tus rifles, solo pueden ir «desmontadas o dentro de sus cajas o fundas», en el trayecto entre donde las guardas y donde las usas (artículo 149.115). Tienes que mantenerlas bajo control durante el transporte (artículo 144.1.e16) y llevar la guía de pertenencia (artículo 89.27). En un vehículo particular puedes llevar hasta 200 cartuchos para arma larga rayada (artículo 167.3 del Reglamento de cartuchería17).
Lo que la norma no dice
Ninguna fuente oficial resuelve las dudas siguientes. Las contamos tal cual.
- Cinco rifles o ilimitados. El artículo 100.2 dice «hasta cinco»; la web de la Guardia Civil, «ilimitado». Ninguna fuente explica la diferencia.
- Qué certificado. La web de la licencia D cita una entidad del Ministerio de Industria y Energía (fórmula de 1998); la Resolución vigente, un organismo acreditado por ENAC. La Resolución pide «la presentación de un certificado de producto», pero no dice en qué formato ni en qué trámite se presenta. El artículo 100.5.a dice que la Intervención «podrá comprobarlas en todo momento», sin detallar cómo.
- Lista de modelos autorizados. El Reglamento habla de armeros «autorizados por la Dirección General de la Guardia Civil», pero no hemos encontrado ninguna lista oficial de modelos. Por eso nuestro catálogo enlaza la ficha y el certificado que declara cada fabricante.
- Volumen interior o exterior. La Resolución dice «volumen mínimo» sin precisar si es el interior útil o el exterior de la caja.
- 200 cartuchos, ¿por arma o en total? El artículo 136.1 fija las compras «por arma», pero el tope en depósito no dice a qué se refiere.
- Cartuchos en el coche. El artículo 167.2 del Reglamento de cartuchería17 permite llevar junto con pasajeros «hasta 100 cartuchos metálicos y 300 cartuchos no metálicos de caza o similares por cada usuario», y el 167.3, hasta 200 para arma larga rayada en cada vehículo particular. El Reglamento no aclara cómo se combinan los dos límites.
- Anclaje. Ni el Reglamento ni la Resolución exigen anclar el armero a la pared o al suelo, ni fijan un peso mínimo. Lo tratamos en anclaje del armero.
Preguntas frecuentes
¿Qué grado de armero necesito para la licencia D?
Grado I como mínimo de la tabla 1 de la norma UNE-EN 1143-1, según el apartado primero de la Resolución de 4 de diciembre de 2024 de la Guardia Civil. Un grado superior también cumple.
¿Cuántos litros necesita el armero para tres rifles?
Al menos 60 litros. La Resolución fija un volumen mínimo de 20 litros por arma larga y no distingue entre rifles con visor o sin él.
¿Puedo guardar la munición dentro del armero?
Sí, pero en un compartimento diferente cerrado con llave. La otra opción es un lugar seguro bajo llave separado del armero (artículo 100.5.a del Reglamento de Armas).
¿Cuántos rifles ampara la licencia D?
El artículo 100.2 del Reglamento dice «hasta cinco armas». La página de la Guardia Civil sobre la licencia D dice «un número ilimitado». Las dos fuentes no coinciden y ninguna explica la diferencia.
Fuentes citadas
Reglamento de Armas (RD 137/1993)
Resolución de la Guardia Civil de 4-12-2024
Resolución de 1998 (derogada)
Reglamento de pirotecnia y cartuchería (RD 989/2015)
Abrimos cada fuente al escribir y un revisor distinto volvió a abrirlas antes de publicar. Si encuentras un error, escríbenos a hola@armerohomologado.es y lo corregimos con fecha.